La extracción y el comercio ilícito de minerales en zonas de conflicto, como el que se produce al Este de la República Democrática del Congo tienen devastadores efectos sobre la población local, y es fuente de múltiples vulneraciones de los Derechos Humanos. Ante este escenario, el proceso legislativo iniciado por la Unión Europea en 2014 para regular el comercio de estos minerales ofrece una importante oportunidad para poner freno a dichas prácticas y exigir a las empresas que participan en la cadena de suministro de dichos minerales un comportamiento responsable y mayor transparencia en sus actuaciones.
El día 1 de febrero se entra en la recta final de las negociaciones. Ese día comenzará el dialogo a tres bandas entre las tres instancias con poder decisorio sobre la futura legislación: la Comisión, el Parlamento europeo y el Consejo de la Unión Europea. Antes del verano de 2016 está previsto que lleguen a un acuerdo sobre el texto final de la ley.
Desde las organizaciones de la sociedad civil hemos seguido atentamente este proceso. Las últimas informaciones que hemos tenido sobre el posicionamiento del Consejo de la Unión Europea, el pasado mes de diciembre, son preocupantes porque parecen querer limitar el alcance de la ley a un conjunto reducido de empresas importadoras y diluyen las exigencias planteadas en la Guía de la Diligencia Debida de la OCDE. [1]
Por estos motivos, la coalición de más de 70 ONG europeas que trabajamos en la campaña de “minerales en conflicto” -entre las cuales participan ALBOAN, Justicia y Paz y REDES- hacemos un llamamiento a los gobiernos de los Estados miembro para que contribuyan a que la ley finalmente aprobada responda a las exigencias planteadas en la Guía de la Diligencia de la OCDE. Concretamente, solicitamos al Gobierno español que:
- Muestre capacidad de liderazgo en esta materia apoyando un sistema de diligencia debida obligatorio para todas las empresas que participan en la cadena de suministro de los minerales cubiertos por la ley.
- Apoye una regulación que vaya en sintonía con las recomendaciones de la Guía de la OCDE para Diligencia Debida de minerales en conflicto:
- Asegurando que todas las obligaciones vinculadas a la diligencia debida son consistentes con los estándares de la OCDE.
- Incluyendo en el alcance de la ley a todas las empresas que introduzcan por vez primera los minerales cubiertos por esta normativa en el mercado europeo, tanto si lo hacen como materia prima como si los incorporan en productos acabados.
- Adoptando en el texto de la ley un lenguaje que refleje la flexibilidad y la naturaleza progresiva de los estándares propuestos por la OCDE.
[1] La Guía de la Diligencia Debida de la OCDE sobre “minerales en conflicto” es un documento, de carácter normativo, que contiene una serie de recomendaciones y principios para que las empresas que participan en la cadena de suministros del tantalio, estaño, wolframio y oro (denominados “minerales en conflicto” o 3T+G por sus siglas en inglés), tomen medidas de cara a prevenir las violaciones de derechos humanos allí donde se extraen estos minerales. Son los mismos minerales cuyo comercio pretende regular la futura normativa europea, y desde la coalición de ONG europeas nos gustaría que dichos estándares quedasen plasmados en el texto de la futura ley, y su cumplimiento fuese obligatorio. La Guía fue aprobada en el año 2013 y puede consultarse en: https://www.oecd.org/corporate/mne/GuidanceEdition2.pdf